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Abogados Especialistas en Fondos Buitre

En Ijuridic somos abogados especialistas en fondos buitre, y la lucha contra los mismos. Actualmente es muy habitual que los Bancos vendan la deuda que no han podido cobrar de algunos de sus clientes a terceras empresas de recobro, las llamadas Fondos Buitres.

Actualmente es muy habitual que los Bancos y Entidades Financieras, vendan la deuda que no han podido cobrar de algunos de sus clientes a terceras empresas de recobro, las llamadas Fondos Buitres.
Se han dado ya muchos casos en que el juez ha rechazado la reclamación de préstamos por un «fondo buitre»

Es posible cancelar su deuda de un Fondo Buitre a través del Retracto

Así es, si su préstamo ha sido vendido a un fondo buitre, puede retractarse.

Los fondos buitre, son fondos de capital riesgo que compran deuda de economías con problemas, cercanas a la quiebra. Para posteriormente presionar y cobrar la totalidad del valor de esa deuda. Además de los intereses por los años adeudados, sin atender a reestructuraciones, quitas o negociaciones.

Algo que está imperando en la Valencia. En Ijuridic le ayudamos.

Normalmente se notifica que el préstamo ha sido vendido a un fondo, mediante una  carta no certificada. Donde se indica quién es el nuevo dueño del préstamo.

Cuando el Fondo Buitre reclama con una demanda judicial.

Tienes que preparar la demanda de oposición con abogado experto y especializado.

El fondo debe acreditar la legitimidad de ser acreedor.

Muchos de estos fondos buitre, no acreditan la deuda, dado que al ser vendidas en paquetes, no pueden localizar tu préstamo entre los miles que han comprado.

Esto te permitirá, que la demanda de ejecución pueda ser sobreseida o archivada por falta de legitimidad

Exponer que quieres ejercitar tu derecho a retracto.

  1. En la demanda de oposición se debe solicitar el derecho a retracto.
  2. Solicitar la liquidación del crédito por la cantidad por la que se vendió, y reclamación de costas.

Caso de Éxito Judicial ante Fondos Buitre

Un juez sentencia que un fondos buitre solo puede reclamar por una deuda lo que pagó.

 

Un matrimonio de A Coruña demanda a un fondos buitre que adquirió su deuda a una entidad bancaria.  El juez que atendió la demanda, dentro del Juzgado coruñés de Primera Instancia 5, entiende que el fondo únicamente puede reclamar el importe que pagó para adquirir la deuda. Este caso en concreto se trata de una deuda pendiente de 17.000€, la cual adquirió el fondos buitre por un 4% del total del préstamo, quedándose una deuda pendiente de 700€.

Cabe mencionar que el fondos buitre adquirió un paquete de créditos fallidos, con un valor superior a los 1.300 millones de euros, por 57 millones.

En junio del año pasado la pareja de A Coruña recibió en su domicilio la notificación por parte del Juzgado conforme EOS Spain había iniciado los trámites judiciales para reclamar el pago del total de la deuda, 17.000€, más los intereses por impago. La pareja decidió poner en marcha acciones legales contra esta demanda.

El despacho de abogados defensor solicitó un retracto de crédito litigioso, tal y como se conoce en el lenguaje jurídico. Un retracto de crédito litigioso es solicitar saldar la deuda devolviendo al fondos buitre lo que ha pagado por ella.

El fondo rechazó la solicitud interpuesta alegando que se trataba de un paquete de créditos fallidos y no de una cesión individual. Sin embargo,  la jueza ha explicado que ese supuesto no está incluido en la ley ya que cada uno de los préstamos están individualizados mediante un documento de cesión, y este caso no guarda relación alguna con una reestructuración bancaria o una cesión de cartera por parte de una entidad.

A pesar de que la cesión de créditos se produjo cuando aún no se había interpuesto demanda judicial, la juez lo califica como crédito litigioso porque había una situación de impago. Una vez calificado como crédito litigioso, y como EOS no acreditó el precio por el que se adquirió dicho préstamo, el importe a devolver por parte de la pareja coruñesa se fijó en el 4% de la deuda total, 700 euros.

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